Jornada de Fedemco en Aidima sobre el tratamiento de microondas aprobado por la FAO para los embalajes de madera

Incumplir la Orden fitosanitaria de embalajes de madera puede suponer sanciones de 3 millones de euros, incluso el cierre de las instalaciones.

04/06/2014

Este miércoles 4 de junio, la Federación Española del Envase de Madera y sus Componentes, FEDEMCO, organiza en las instalaciones de Aidima, en el Parque Tecnológico de Paterna (valencia), las “III Jornadas NIMF-15. Sanidad vegetal, conformidad y tecnología”, que contará con la presentación de un nuevo tratamiento térmico por microondas ...

Este miércoles 4 de junio, la Federación Española del Envase de Madera y sus Componentes, FEDEMCO, organiza en las instalaciones de Aidima, en el Parque Tecnológico de Paterna (valencia), las “III Jornadas NIMF-15. Sanidad vegetal, conformidad y tecnología”, que contará con la presentación de un nuevo tratamiento térmico por microondas aprobado recientemente por la Organización de Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, FAO.

La jornada está orientada a formar e informar a las empresas afectadas por la normativa NIMF-15 de medidas fitosanitarias sobre los requisitos de la normativa en España, para iniciar o mejorar la gestión, el control, y la conformidad de los tratamientos habituales y la nueva opción por microondas. La norma NIMF-15 pertenece al conjunto de 24 Normas Internacionales sobre Medidas Fitosanitarias (NIMF) elaboradas por la FAO para reducir el riesgo de introducción y difusión de plagas cuarentenarias durante el comercio internacional, y preservar así los recursos vegetales y forestales. Los países que la suscriben exigen su cumplimiento o incluyen en sus legislaciones correspondientes estas normas, directrices y recomendaciones como obligación legal.

En el caso español, la orden ministerial AAA/458/2013 de 11 de marzo recoge esta norma y regula los procedimientos aprobados en España sobre medidas fitosanitarias para embalajes de madera. Una orden que entró en vigor el 1 de julio del pasado año, deroga la anterior de 2007, y establece la NIMF15 como requisito de cumplimiento, entre otras medidas encaminadas a un control más estricto para evitar las plagas, como la intervención de los Organismos Independientes de Control (OIC) además de regular las sanciones previstas. Según establece la legislación española, su incumplimiento puede suponer sanciones de hasta 3 millones de euros, e incluso el cierre de las instalaciones en las circunstancias previstas por la ley, indican los especialistas del Instituto Tecnológico AIDIMA en la materia.

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